SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO SOBRE LA IMPOSICIÓN DE COSTAS A LAS ENTIDADES BANCARIAS EN SUPUESTOS DE CLAUSULA SUELO.

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La Sala Primera del Tribunal Supremo, reunida en Pleno, en sentencia de fecha 4 de julio de 2015, resuelve la cuestión de la imposición de costas en primera y segunda instancia, en los supuestos de clausula suelo.

 

En esencia el Supremo concluye (resumiendo la nota del Área civil del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo):

  • La sentencia, aborda la cuestión de la imposición de costas sustancialmente desde el principio de efectividad.
  • La norma general en la imposición de costas es el principio de vencimiento, de modo que la no imposición de costas al banco demandado supondría en este caso la aplicación de una salvedad a dicho principio en perjuicio del consumidor.
  • Si el consumidor, a pesar de vencer el litigio, tuviera que pagar sus gastos en las instancias, se produciría un efecto disuasorio inverso, para que los consumidores no promovieran litigios por cantidades moderadas.
  • Además, la actividad procesal del banco demandado pretende, más allá de invocar a su favor la anterior doctrina jurisprudencial, intentar su suspensión por prejudicialidad civil, negar por completo la obligación de restitución, y oponerse a la admisión antes y después de tener conocimiento del contenido de la STJUE de 21 de diciembre de 2016.

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